Por Qué Debe Ver a Un Médico Incluso Si Se Siente “Bien” Después de Un Accidente Automovilístico en Florida
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No es raro que una persona sufra un accidente automovilístico y salga del choque sintiéndose “bien”. Sin embargo, incluso si no hay lesiones visibles y usted no siente dolor después del accidente, es fundamental que de todos modos consulte a un médico. La adrenalina y el impacto del accidente pueden ocultar el dolor y las lesiones. Algunas lesiones se manifiestan horas, días o incluso semanas después de una colisión. No consultar a un médico puede ser perjudicial para su salud. Además, puede afectar negativamente cualquier reclamación legal que usted presente.
Algunas Lesiones Tardan En Mostrar Síntomas
Algunas lesiones pueden no presentar síntomas durante horas o incluso días después de un accidente. Ejemplos de lesiones por accidentes automovilísticos que pueden tener síntomas tardíos incluyen;
- Latigazo cervical
- Lesiones en la cabeza y el cerebro
- Lesiones de tejidos blandos
- Hemorragias internas
Por ejemplo, después de sufrir un latigazo cervical en una colisión, usted podría salir sintiéndose solo un poco adolorido. Con el tiempo, puede comenzar a experimentar síntomas graves como dolores de cabeza persistentes, dolor severo en el cuello, entumecimiento o debilidad en los brazos.
La Regla de los 14 Días en Florida Puede Afectar Sus Beneficios PIP
En Florida, después de un accidente automovilístico, usted debe recurrir a su cobertura de Protección contra Lesiones Personales (PIP). El PIP cubre sus gastos médicos y salarios perdidos, también conocidos como beneficios por discapacidad, sin importar quién causó el accidente. Sin embargo, existe un requisito importante que debe cumplir para poder recibir los beneficios. El artículo 627.736 de los Estatutos de Florida exige que usted reciba tratamiento médico de un profesional licenciado dentro de los 14 días posteriores a su accidente.
Si usted no consulta a un médico de inmediato porque se siente “bien” y más adelante decide buscar atención médica, es posible que no reciba beneficios PIP si ya han pasado 14 días desde que ocurrió el accidente. Ver a un médico lo antes posible después del accidente puede proteger su derecho a los beneficios PIP.
Buscar Atención Médica Rápida Es Vital Para Su Reclamación Por Lesiones Personales
Supongamos que otro conductor causó su accidente automovilístico en Florida. En ese caso, usted podría ser elegible para presentar una reclamación por lesiones personales contra el conductor responsable si sus lesiones cumplen con el umbral de lesión grave. Si retrasa el tratamiento médico porque se siente “bien” y luego su lesión resulta ser grave, la compañía de seguros del conductor responsable podría argumentar que sus lesiones no son tan graves como usted afirma o que no están relacionadas con el accidente.
Buscar atención médica oportuna es crucial para establecer un historial claro que demuestre la conexión entre su lesión y la colisión. Obtener atención médica inmediata puede evitar que la compañía de seguros alegue que usted no sufrió lesiones graves. Sin esta documentación, su reclamación por lesiones personales podría subestimarse o incluso ser rechazada por completo.
Pasos a Seguir Después de Un Accidente Automovilístico en Florida
Después de un accidente automovilístico en Florida;
- Busque atención médica inmediata
- Conserve todos los registros médicos
- Informe a su compañía de seguros de inmediato
- Contrate a un abogado especializado en accidentes automovilísticos
Un abogado con experiencia puede ayudarle a reclamar todos los daños que le corresponden.
Contáctese Con Nuestro Abogado de Accidentes Automovilísticos en Miami
Si usted ha estado involucrado en un accidente automovilístico, busque atención médica inmediata y comuníquese con nuestros abogados de accidentes automovilísticos en Miami de The Pendas Law Firm para obtener ayuda en la protección de sus derechos legales.
The Pendas Law Firm también representa a clientes en las áreas de Ocala, Orlando, Tampa, Daytona Beach, West Palm Beach, Naples, Melbourne, Fort Myers y Fort Lauderdale.
Fuente:
leg.state.fl.us/Statutes/index.cfm?App_mode=Display_Statute&URL=0600-0699/0627/Sections/0627.736.html







